La Real Sociedad Matemática Española tiene suscritos acuerdos de reciprocidad con numerosas Sociedades matemáticas de todo el mundo. Existen dos modalidades:
Modalidad A. Sociedades en las que la solicitud de adhesión y el pago de las cuotas se efectúa a través de la Secretaría de la RSME.
- Los socios de la RSME que deseen ser socios de cualquiera de estas sociedades pueden hacerlo a través de la RSME en virtud del acuerdo de reciprocidad firmado entre ambas sociedades. Abonarán, conjuntamente con su cuota ordinaria de la RSME, el porcentaje de la cuota ordinaria de dicha sociedad que en cada caso se indica.
Modalidad B. Sociedades en las que la solicitud de adhesión y el pago de las cuotas se tramita directamente.
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Los socios de la RSME que deseen ser socios de cualquiera de estas sociedades pueden acogerse al convenio de reciprocidad que tienen firmado con la RSME. Para ello, junto con su solicitud de inscripción en la correspondiente sociedad deberán manifestar su condición de socio de la RSME. La secretaría de la sociedad correspondiente podrá solicitar a la RSME la confirmación de esta condición. Los socios de la RSME abonarán, como socios de reciprocidad, solamente el porcentaje de la cuota ordinaria que para cada sociedad se indica.