Los Estatutos de la RSME permiten delegar el voto en otro socio que asista a la Junta. Según el artículo 20 de los Estatutos, un socio puede llevar un máximo de diez votos delegados a la Junta General. Asimismo, los socios institucionales deben, para ejercer sus derechos en la Junta, designar un representante. Para delegar el voto (socios) y para designar representante (socios institucionales) es necesario rellenar los respectivos boletines que se adjuntan a continuación:
FORMULARIO PARA LA DELEGACIÓN DE VOTO
El enlace para el Código de Buenas Prácticas de la EMS se encuentra en www.euro-math-soc.eu/system/files/COP-approved.pdf